martes, 15 de febrero de 2011

Permiso de conducir y embarazo (1ª parte)


El permiso de conducir, la licencia o el carnet de conducir es un documento privado y necesario para poder llevar un coche en Madrid. El permiso de conducir es emitido oficialmente por la Dirección General de Tráfico (DGT) una vez que el conductor ha pasado un reconocimiento médico y psicológico que se denomina psicotécnico y que siempre se debe realizar en un centro médico de conductores autorizado previamente por la DGT como el nuestro. La mujer embarazada que acude a nuestras consultas de ginecología y obstetricia y que quiera obtener o renovar su permiso de conducir, debe realizar las mismas pruebas médicas y psicológicas que un conductor normal, para que le sea emitido el certificado médico oficial que le autorice a conducir en Madrid. Sin embargo, la conducción durante el embarazo tiene una connotaciones especiales que desarrollaremos en varias entradas de nuestro blog.

En esta primera parte sobre conducción y embarazo vamos a tratar sobre la conducción en los diferentes trimestres del embarazo, la mujer embarazada como conductora y la mujer embarazada como pasajera.

EL EMBARAZO Y LA CONDUCCIÓN

El embarazo no es una enfermedad y, por lo tanto, la mujer embarazada debe realizar una vida normal durante la gestación y no limitar sus actividades habituales. Conducir es una de estas actividades e inicialmente NO debe estar contraindicada durante un embarazo normal.

La Dirección General de Tráfico (DGT) afirma que los accidentes de tráfico son la causa de muerte no obstétrica más frecuente en las embarazadas, triplicándose las muertes fetales cuando la embarazada no llevaba el cinturón de seguridad puesto.

Sin embargo, aunque conducir durante el embarazo sea una actividad no contraindicada, no hay que olvidar que la mujer embarazada y su cuerpo sufren una serie de cambios y transformaciones que influyen en su capacidad de conducción:
    •  Cambios hormonales que producirán síntomas típicos del embarazo como el sueño, los vómitos y náuseas matutinas, el estreñimiento...

    •  Modificaciones de la tensión arterial.

    •  Cambios en los niveles de azúcar en sangre.

    •  Alteraciones de la visión.

    •  Alteraciones circulatorias: varices, edemas de los pies...

La conducción en los diferentes trimestres del embarazo.

Una embarazada que conduce y tiene un accidente de tráfico no corre ni más ni menos riesgos que una mujer no gestante, pero sí se pueden producir complicaciones asociadas a su estado, como es un aborto o una muerte fetal.

Estos cambios fisiológicos del embarazo son diferentes en los diferentes trimestres del embarazo por razones obvias. De cara a la conducción distinguimos por un lado la conducción en el primer trimestre del embarazo y, por otro, la conducción en el segundo y tercer trimestre, marcada claramente por el aumento del abdomen de la embarazada.
    1.-  Conducción en el primer trimestre del embarazo:

      •  No existe modificación del vientre materno.

      •  No es necesario ajustar los mandos del vehículo: volante, asiento...

      •  La mujer embarazada diagnosticada de amenaza de aborto, NO debe viajar en coche y aun menos conducir, ya que las irregularidades de la carretera o las maniobras bruscas podrían desencadenar un aborto.

      •  En caso de accidente, se puede provocar un aborto espontáneo.

    2.-  Conducción en el segundo y tercer trimestre del embarazo:

    El abdomen materno crece con el feto en su interior y, por lo tanto, la distancia entre el vientre y el volante se reduce, por lo que es necesario regular los mandos del vehículo y adaptarlo a la nueva situación.

La Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) señala que "una mujer embarazada de nueve meses es una persona poco ágil debido a la dimensión de su abdomen, por lo que todos los movimientos, sobre todo delante de un volante, van a ser más lentos, con lo cual va a tener menos posibilidad de maniobra".

En caso de accidente, los riesgos más frecuentes en esta etapa del embarazo son:
    •  Rotura de vísceras internas, lesiones abdominales y toráxicas, lesiones óseas... que pueden obligar a la embarazada a realizar reposo absoluto, que va a ser perjudicial por su estado de gestación.

    •  Desprendimiento de placenta y rotura uterina, que conllevaría la lesión directa fetal.

    •  Un accidente de tráfico en esta etapa, multiplica por dos las posibilidades de que se desencadene un parto inmaduro, prematuro o a término.

    •  El riesgo más grave sería la muerte materna, que conllevaría a la muerte fetal casi segura.

La embarazada conductora

La embarazada conductora debe tener en cuenta, por lo tanto, el momento de su gestación:
    •  En el primer trimestre del embarazo el cuerpo de la mujer no ha sufrido grandes modificaciones y no es necesario hacer cambios en el vehículo, pero sí prestar mucha atención a los síntomas de esta etapa del embarazo, como son los trastornos del sueño, la náusea y los vómitos, el cansancio...

    •  El segundo y tercer trimestre presenta más problemas para la conducción porque, aparte del gran aumento del vientre, que obliga a adaptar los mandos del vehículo, pueden aparecer otros problemas médicos a los que debe estar atenta.

    •  La gestante con varices tiene que ser más cuidadosa en el interior de vehículo para no sufrir golpes con los pedales o con los mandos del vehículo.

La embarazada pasajera·

Es recomendable que la embarazada pasajera se siente en los asientos posteriores del vehículo, que debe ser mejor de cuatro puertas.
    •  La mujer embarazada debe viajar siempre en un vehículo amplio, de asientos cómodos, bien ventilado, con buena suspensión, con sistemas de seguridad (cinturón, airbag) en perfecto estado...

    •  El conductor deberá moderar su velocidad, evitar frenazos bruscos y conducción temeraria, salvar los baches de la carretera y parar cada 150 Km o cada dos horas, para que la embarazada pasajera pueda andar y moverse e hidratarse.

Juan Betancor Jiménez, ginecólogo y obstetra
Unidad médica y psicológica de certificados médicos oficiales y psicotécnicos
Centro Clínico Betanzos 60
Madrid



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Nuestro equipo médico y psicológico, aparte de los certificados médicos para el carnet de conducir (psicotécnicos), realiza otros certificados médicos oficiales:
    •  Permisos de conducir.

    •  Patrón de embarcación.

    •  Licencia de armas.

    •  Embarcaciones de recreo.

    •  Licencia de animales peligrosos.

    •  Buceo, buceadores.

    •  Licencia de grúa de torres.

    •  Deportivos.

    •  Seguridad privada.

    •  Conductores.

    •  Cazadores.
Nuestro centro médico del conductor amplía a los sábados por la mañana el horario para obtener o renovar el permiso de conducir en Madrid.

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